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NORMAS SUPRANACIONALES EN MATERIA LABORAL

En la entrada anterior vimos las normas que se emiten en España por parte de los órganos legislativos, ahora toca ver otras fuentes del derecho que afectan a nuestro país pero que se elanoran fuera de él.

Aunque me meta en materias que deberían explicar los profesores de historia, creo que es necesario que recordéis ciertas cuestiones que ocurrieron en Europa "recientemente".

Seguro que os suena que entre los años 1914 y 1918 hubo lo que se llamó "La Grán Guerra", aunque luego se la conoció como "La Primera Guerra Mundial", ya que, unos años después (1939 a 1945) tuvo lugar la "Segunda Guerra Mundial".

Después de tantos años de conflictos y de todos los daños que generaron a la población, se tomó la decisión de establecer una Comunidad Europea para comprar Carbón y Acero (CECA), posteriormente se decidió que la generación de energia nuclear se coordinara entre todos los paises de Europa (EURATOM) y, una cosa llevó a la otra hasta la creación de lo que hoy conocemos como la UNIÓN EUROPEA. Si te interesa esta parte de la historia, aquí te dejo un vinculo a un video.

Bueno, pues, a consecuencia de nuestra pertenencia a la Unión Europea, disfrutamos de una serie de LIBERTADES COMUNITARIAS.

A nosostros nos interesan especialmente dos: la libre circulación de trabajadores y la libertad de establecimiento y prestación de servicios

 Además de estas libertades comunitarias, desde la Unión Europea se emiten normas que regulan cuestiones como el tiempo de trabajo o seguridad y salud en el trabajo.

Las normas comunitarias, en muchas ocasiones necesitan del proceso denominado TRANSPOSICIÓN

Además de las normas comunitarias que afectan a todos los paises miembros de la unión, determinados estados forman parte de organizaciones internacionales dedicadas a la protección de los derechos de los trabajadores.  En el caso de ESPAÑA, nuestro estado pertenece a la OIT.

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